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Argentina Martes 14/8/2018

Cuatriciclos, nuevos controles, requisitos y limitaciones para el verano

Algunas de las obligaciones que se implementarán son espacios limitados para circular y una categoría especial en la licencia.

Durante enero y febrero los cuatriciclos se vuelven protagonistas de gran parte de los accidentes ocurridos en la costa atlántica. Muchas veces al ser conducidos por menores de edad en playas o médanos. Es por eso que desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial, se establecieron una serie de requisitos obligatorios y la Provincia de Buenos Aires ya trabaja con los municipios, para implementar los cambios el próximo verano.

Actualmente, Nación, Provincia de Buenos Aires y los municipios trabajan de forma articulada para implementarla este verano y garantizar mayor seguridad vial, pero en conjunto con una serie de modificaciones y obligaciones, que limitarán la circulación y exigirán habilitaciones a los conductores de cuatriciclos.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) elaboró la Disposición Nº 196/2018 estableciendo las características de los corredores y las zonas de circulación seguras.

Desde la ANSV informaron que fueron especialistas en seguridad vial los que estudiaron y establecieron cómo deberán ser los corredores y las pistas de circulación segura. En la Disposición Nº196 se describen las características y los elementos de seguridad con los que deben contar tales como señalética que organicen la circulación, protecciones en las curvas, un único sentido de circulación, entradas y salidas demarcadas y limitaciones de velocidad.

Además, debido a que estos vehículos están equipados con diferentes motorizaciones se establecerán dos categorías de pistas, divididas por colores, de acuerdo a la potencia. La "Pista amarilla" para cuatriciclos hasta 300 cc y la "Pista naranja" para cuatriciclos de más de 300 cc.

En detalle, las principales novedades introducidas en la normativa nacional y provincial sobre la circulación de cuatriciclos

a. Se regula el uso de cuatriciclos (incluye triciclos motorizados y UTV) y se establecen los requisitos que deberán cumplir para poder circular, cabiéndole las generales de la ley que son licencia de conducir, seguro, certificado de Dominio, aunque no de patentamiento, etc.

b. A partir de ahora los Municipios cuentan con facultades para permitir, delimitar y controlar la circulación de cuatriciclos, como así también emitir la Licencia Clase Cuatriciclos para la conducción de dichos vehículos.

c. Se instaura la determinación de calzadas especiales para la circulación de cuatriciclos, entendiéndose por tales a las áreas de la vía pública delimitadas y autorizadas especialmente por la autoridad competente, Municipios. Los cuatriciclos podrán circular por los denominados corredores seguros, vías de circulación por las que transitarán y circularán los vehículos para acceder a las zonas de circulación seguras, ámbito para el tránsito recreativo.

Por último, se capacitó a las autoridades de aplicación acerca de los alcances de la nueva normativa, que en rigor permite contar con un marco regulatorio que viene a cubrir un vacío legal existente hasta el momento, dotando a las jurisdicciones de herramientas legales para facilitarles el control de circulación.

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